La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su numeral 123 establece los parámetros para el trabajo y la prevención social.
Para empezar el derecho de la dignidad, el trato como humano debe ser fundamental en cualquier trabajo antes de entrar en materia. El ser tratado como lo que somos no debe de exigirse, ni solicitarse debe de ser dado por los patrones de forma intrínseca.
El trato digno no solo se encuentra establecido en nuestra Constitución, también es fundamental en diversos tratados internacionales para impedir la sobreexplotación del hombre por el hombre; lo que actualmente se le conoce como “esclavitud moderna”.
Parecerá obvio, pero el recibir un “pago” es un derecho, todos tenemos ese derecho a recibir una retribución por el trabajo realizado.
La Ley Federal del Trabajo menciona en su artículo 82 que:
“Artículo 82.- Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.” (Unión, 2021)
¿Y cuándo deben de pagarme?
Pues el artículo 88 de la misma ley indica que el pago no debe de exceder más de 15 días.
De igual forma la Ley Federal del Trabajo en su artículo 69 nos habla sobre los descansos y el pago de estos.
“Artículo 69.- Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro” (Unión, 2021)
Y el artículo 76 nos habla sobre el derecho a las vacaciones y la durabilidad de estas.
“Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios”. (Unión, 2021)
No solo tienes derecho a un salario, sino que también a tener por lo menos un día de descanso, o a vacaciones, también tienes derecho que te paguen por esas vacaciones (prima vacacional), a recibir capacitación para tu trabajo y los instrumentos necesarios para poder realizarlo, en caso de que tú las proporciones deben de ser restituidos o pagados, al pago doble si trabajas horas extras y a un pago triple si trabajas los días de descanso obligatorio, entre otras cosas como, aguinaldo, o a recibir utilidades en tiempo y forma correspondiente, sobre todo a tener una jornada laboral adecuada etc.
Dentro de los derechos laborales suele destacar el derecho a la seguridad social, esto quiere decir que debes de contar con seguro médico incorporándote al Instituto Mexicano del Seguro Social.
De igual forma el vivir en una vivienda digna es un derecho y es obligación Estado y de los patrones proporcionar medios para que esto se cumpla, es por este motivo que existe Infonavit y se destina el 5% de tu salario a una Sub Cuenta de vivienda que podrás utilizar para poder obtener una vivienda digna por medio de un crédito por parte del Infonavit.
En general estos son los derechos primordiales que todos y todas tenemos que gozar como trabajadores, es triste observa que desgraciadamente constantemente se violan estos derechos, conocerlos y estar consciente de lo que nos pertenece es la forma perfecta para que recibamos lo que por derecho es nuestro.
Recuerda que puedes encontrar todos tus derechos y obligaciones en cuestión laboral en la Ley Federal del Trabajo, así como en el artículo 123 constitucional.
Si sientes que tu patrón esta violando tus derechos recuerda que puedes demandarlo ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, pero antes procura asesórate con un abogado experto en la materia.
Los derechos laborales son una obligación, no una opción.
Bibliografía
Unión, C. d. (2021). Ley Federal del Trabajo. México: Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.